El pasado 21 de Abril se ha aprobado la Orden EHA/993/2010 por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos.

Plazo: a partir del 1 de Mayo

Documentación a aportar:

  1. Si el Gasoleo-b es obtenido en la cooperativa no tendrán que aportar nada, bastará tan solo con la firma de la solicitud.
  2. Si el Gasoleo-b es obtenido en otra gasolinera, tendrán que aportar las facturas correspondientes al periodo en cuestión ( desde 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2009) y el número del CIM( código de identificación de minorista ) de dicha gasolinera.
  3. En ambos casos deberán aportar las matriculas de los vehículos.

Lugar de tramitación: Oficina de Administración, preguntar por Maria Ángeles Escobar.